Preguntas frecuentes

¿Cómo obtener el carnet de socio de la Biblioteca?

Carnét único:

Todos los miembros de la comunidad académica y personal no docente de la Universidad, deberá realizar el trámite correspondiente para obtener el carnét de socio para acceder a los servicios disponibles. Para asociarse, los interesados deberán acercarse a la Biblioteca Central UNNE en Campus Resistencia, de lunes a viernes por la mañana de 8:30 hs. a 12:00 hs. y por la tarde desde las 14:30 hs. hasta las 20:00 hs. El carnet de socio tiene una vigencia anual y debe ser renovado el 31 de marzo de cada año.

Documentación a presentar:

  • Solicitud de Inscripción debidamente conformada.
  • Alumnos ingresantes: presentación de Constancia de Alumno Inscripto.
  • Alumnos regulares: presentación de la Libreta Universitaria o Certificado de Alumno Regular.
  • Personal docente: constancia laboral expedida por la Facultad donde dicta cátedra.
  • Personal no docente: constancia laboral expedida por la Facultad o Área donde desarrilla su actividad.
  • 1 foto tipo carnét con fondo blanco.

Renovaciones:

Durante los meses de marzo y abril de cada año debe actualizar el carné de socio. Para este trámite deberá presentar:

  • Formulario de renovación con los datos del solicitante.
  • Libreta Universitaria con por lo menos dos (2) materias aprobadas en el año anterior. O certificado de Alumno Regular.

¿Cuánto días tengo disponible en el préstamo a domicilio?

El límite establecido para el préstamo a domicilio es de 7 (siete) días a partir del prestamo. Se permitirá la renovación del material prestado a domicilio siempre que los mismos no se encuentren reservados por otro usuario. (Artículo 13)

Sobre el carnét de usuario:

Artículo 6: La habilitación como lector que le otorga el carnet, caduca el 31 de marzo del siguiente año. La renovación de la misma se efectuará a partir de ésa fecha.

Artículo 7: El carnet de socio es intransferible y su uso es indispensable para el retiro del material bibliográfico. El uso indebido del mismo, será causal de retención.

Artículo 8: El socio queda obligado a comunicar a la biblioteca los cambios de domicilio, sea éste el transitorio o el permanente.

Artículo 9: En caso de pérdida, sustracción o extravío del carnet de la biblioteca, el socio deberá comunicarlo por nota a la Dirección de Biblioteca Central, y solicitar la extensión de un duplicado. A ésos efectos acompañará a la nota, una fotografía y constancia de alumno regular.

¿Puedo reservar materiales?

Sí, es posible reservar material para el préstamo o la consulta previa comprobación de su disponibilidad.

Sobre las renovaciones de préstamos:

Artículo 21: No se efectuarán renovaciones en los siguientes casos:

  1. Cuando la demanda sea mayor que el número de ejemplares que de una obra posea la biblioteca.
  2. Cuando los libros (o textos) sean de plazo de préstamo reducido.

Artículo 22: Si se detecta que un texto muy solicitado, y del que se poseen pocos ejemplares, circula entre grupos reducido de lectores, la biblioteca se reserva el derecho de no renovar el préstamo a ése grupo con el fin de asegurar la circulación del material entre la totalidad de usuarios solicitantes de la misma obra.

¿Cuál es el límite de libros en el préstamo a domicilio?

Artículo 12: El límite establecido para el préstamo a domicilio es de hasta 5 (cinco) materiales.

Artículo 10: Sólo podrán retirarse en préstamo a domicilio, aquellas obras que sean de fácil reposición. En caso de destrucción, mutilación, pérdida o anotación, el socio deberá reponer la obra en cuestión.

Artículo 11: No se prestaran a domicilio aquellas obras de la que no existen suficiente cantidad de ejemplares y constituyen la bibliografía obligatoria de una materia, y que hayan sido señaladas por el profesor de la misma. Estas estarán sujetas a una reglamentación especial de préstamos.

¿Cúales son las sanciones existentes?

Artículo 25: Toda persona que no devuelva los textos que le fueran facilitados en préstamo, vencido el término de los mismos, se hará pasible de sanciones. Estas se aplicarán a partir de la fecha de devolución del material y serán las siguientes:

  • 1a. vez: quince (15) días de suspensión del servicio a domicilio.
  • 2a. vez: treinta (30) días de suspensión del servicio a domicilio.
  • 3a. vez: cuarenta y cinco (45) días de suspensión del servicio a domicilio.
  • 4a. vez: cincuenta (50) días de suspensión del servicio a domicilio.
  • 5a. vez: sesenta (60) días de suspensión del servicio a domicilio.

 Artículo 26: Cuando los libros no devueltos pertenezcan a:

  • Obras que constituyen bibliografías obligatoria y con término de préstamo reducido.
  • Obras con término de préstamo reducido.
  • Obras facilitadas en carácter de préstamo especial.
  • Obras facilitadas para su consulta en sala de lectura; se aplicarán quince (15) días de suspensión mas sobre las estipuladas sobre el régimen de sanción.

Artículo 27: Cualquier situación no resuleta en el presente reglamento será salvada por la dirección.

Sobre las devoluciones de materiales:

Artículo 18: El socio/lector se obliga a devolver la obra en la fecha señalada en la boleta de devolución en el mismo estado en el que le fué entregado. El último prestatario será responsabilizado por cualquiuer daño que se observe en los libros.

Artículo 19: Podrán efectuarse devoluciones por cuenta de terceros dentro de los plazos otorgados, siendo responsable el titular del carnet del cumplimiento de los mismos y del estado físico de los libros.

Artículo 20: Vencida la fecha de devolución, podrán – en general – renovarse todos los préstamos con la condición de que la obra sea presentada al momento de renovarse el pedido.

Artículo 23: La biblioteca, una vez cursado el primer reclamo, ante la no devolución del material reclamado, comunicará a la Sección Alumnado de la Facultad, Instituto u Organismo que certificó la constancia de usuario, la nómina de lectores morosos, cuya condición le impedirá efectuar cualquier trámite.

Artículo 24: En caso de alteración del horario normal de atención por causas no previsibles, los vencimientos del dia pasan al siguiente o al primer día hábil.

¿Cómo obtener la constancia de libre deuda?

Todos los miembros de la comunidad académica y personal no docente de la Universidad, deberá realizar el trámite correspondiente para obtener el carnet de socio de la Biblioteca para acceder a todos los servicios disponibles en la red.

¿Puedo solicitar cualquier material disponible en cualquier biblioteca de la unne?

Sí, el carnét único de usuario de la Red de Bibliotecas UNNE, permite acceder a todos los servicios disponibles en todas las unidades de información que forman parte de la red. Las devoluciones o renovaciones de materiales, deberán realizarse en la misma unidad de información en la que se ha efectuado el préstamo.

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